Proceso de Contratación Docente 2021: Modalidades, requisitos y condiciones.
DECRETO SUPREMO Nº 015-2020-MINEDU agiliza proceso e incorpora tres modalidades de contratación: Proceso incluye la renovación del contrato a los docentes con buen desempeño laboral.
El Ministerio de Educación (Minedu) el Proceso de Contratación Docente 2021, que se realizará a través de un procedimiento renovado y adaptado al entorno virtual, que incorpora las diversas modalidades de contratación, agiliza y simplifica el proceso y que busca asegurar que los estudiantes cuenten con un su profesor desde el primer día de clases.
Mediante el Decreto Supremo Nº 015-2020-MINEDU, publicado en el diario oficial El Peruano, se aprueba la norma que regula el procedimiento, requisitos y condiciones para la contratación de profesores y su renovación en instituciones educativas públicas de educación básica.
La norma también reconoce el buen desempeño laboral de los docentes contratados, brindando la oportunidad de la renovación de su contrato. Es decir, los docentes que se hayan desempeñado favorablemente durante el 2020 y cumplan los requisitos, podrán continuar trabajando durante el 2021.
La evaluación de desempeño
laboral para la renovación se realizará durante el mes de diciembre y estará a
cargo de un comité conformado en la institución educativa. Asimismo, se tomará
como evidencia del trabajo desempeñado por los docentes, los informes mensuales
entregados sobre el trabajo realizado a distancia.
MODALIDADES
La norma contempla tres modalidades:
a) La contratación directa,
b) La contratación por resultados de la Prueba Única Nacional (PUN) y por evaluación de expedientes, y
c) La contratación excepcional. Todas las modalidades agilizan el proceso y buscan atender la diversidad de las necesidades del servicio educativo.
A través de la contratación directa se atenderán, en su mayoría, las plazas de educación intercultural bilingüe, zona rural y frontera, las que podrían ser cubiertas por becarios de PRONABEC. También se atenderán las plazas de instituciones educativas por convenio y las horas del área curricular de educación religiosa, a fin de lograr una contratación oportuna de docentes.
La segunda modalidad de contratación atenderá dos dimensiones: la contratación de resultados por la PUN, en la que podrán participar todos los docentes ubicados en los cuadros de méritos obtenidos de la Prueba Única Nacional realizada en el año 2019; y la contratación por resultados de expedientes, en la que podrán participar todos los postulantes que cumplan los requisitos. Las adjudicaciones de las plazas se realizarán por orden de mérito y orden de prelación, según corresponda.
Finalmente, la contratación excepcional busca atender las plazas vacantes generadas durante el año, por reemplazo de licencias u otros, por un periodo máximo de 30 días. Esta contratación se realiza a propuesta del director de la IE siempre que se cumplan los requisitos.
REQUISITOS
Poseer título de profesor o de licenciado en educación que corresponda a la modalidad, nivel/ ciclo y especialidad de la plaza a la que postula. Se acredita con copia simple del título de profesor o de licenciado en educación o con el original de la declaración jurada según formato del Anexo 5-A de la presente norma, debidamente fi rmada por el postulante.
Se reconocen los
títulos de profesor otorgados por los Institutos y Escuelas de Educación Superior
autorizadas por el Minedu y los títulos de licenciado en educación otorgado por
las universidades reconocidas por la autoridad competente.
Los títulos
otorgados por los Institutos y Escuelas de Educación Superior a nivel nacional,
deben estar registrados por la DRE o la que haga sus veces o el Minedu, según
corresponda.
Los títulos
otorgados por los Institutos de Educación Superior Tecnológicas deben estar registrados
en la DRE o la que haga sus veces o el Minedu, según corresponda.
Los títulos
expedidos por instituciones de educación superior en el extranjero deben
encontrarse registrados en el Minedu (excepto aquellos con equivalencia
universitaria).
Los títulos otorgados
por las Universidades, Instituciones y Escuelas de Educación Superior Pedagógica
autorizadas a otorgar grados académicos y títulos profesionales equivalentes a
los otorgados por las universidades, deben estar registrados en la
Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU).
Los títulos
universitarios expedidos en el extranjero deben estar revalidados en el Perú y registrados
en la SUNEDU.
Los postulantes
que acrediten título de profesor o licenciado en educación cuya mención no indica
modalidad, nivel o especialidad, en el Anexo 5-A precisarán la modalidad,
nivel/ciclo y área curricular o especialidad cursada, a efectos de considerar
su postulación para la modalidad, nivel/ciclo y área curricular declarada.
·
Gozar de buena salud física y mental que permita
ejercer la docencia.
·
No haber sido condenado por delito doloso.
· No haber sido condenado por el delito de
terrorismo, apología del terrorismo, delito contra la libertad sexual, delitos
de corrupción de funcionarios y/o delitos de tráfico de drogas; ni haber incurrido
en actos de violencia que atenten contra los derechos fundamentales de la
persona y contra el patrimonio, haber impedido el normal funcionamiento de los
servicios públicos, así como los delitos previstos en la Ley 29988 y los
literales c) y j) del artículo 49 de la Ley 29944.
·
No encontrarse inhabilitado para ejercer la
función pública.
·
No encontrarse comprendidos en los alcances de
la Ley 30901.
·
Tener menos de 65 años de edad.
Los requisitos señalados en los
numerales 7.4.1.2, 7.4.1.3, 7.4.1.4, 7.4.1.5, 7.4.1.6 y 7.4.1.7 son acreditados
con el original de la declaración jurada según formato del Anexo 5-A o Anexo
5-B de la presente norma, según corresponda, debidamente fi rmada por el
postulante.
CONDICIONES
En atención a la transparencia
del proceso, se realizará la prepublicación de las plazas, a cargo del Minedu,
a realizarse la última semana de diciembre. La publicación final estará a cargo
de las DRE y UGEL, y se realizará hasta el 14 de enero de 2021, previa
validación.
1. Para adjudicarse en una plaza
vacante u horas para completar el plan de estudios en una IE ubicada en zona de
frontera, el postulante debe ser peruano de nacimiento. Se acredita con el
original de la declaración jurada según formato del Anexo 5-A o 5-B, según
corresponda, debidamente fi rmada por el postulante.
2. Para adjudicarse en una plaza
vacante u horas para completar el plan de estudios del área curricular de
educación religiosa de una IE, el postulante debe tener la aprobación de la
autoridad eclesiástica. Se acredita con copia simple de la carta de
presentación del obispo o director de la Ofi cina Diocesana de Educación
Católica (ODEC) correspondiente a su jurisdicción.
3. Para adjudicarse en una plaza
vacante u horas para completar el plan de estudios de una IE de EIB, el
postulante debe dominar la lengua originaria de los educandos y conocer la
cultura local.
4. Para las adjudicaciones en
IIEE CRFA el postulante debe aprobar además, una entrevista, que evalúa las
competencias y capacidades requeridas para el adecuado ejercicio de las
funciones en el CRFA (Anexo 9), la misma que está a cargo de un comité, el cual
se constituye exclusivamente
para la entrevista de los
postulantes y está conformado por:
a. El Jefe o Responsable del Área
de Personal o quien haga sus veces, quien lo preside.
b. Especialista en Educación
Secundaría a cargo de CRFA.
c. El director/coordinador del
CRFA.
d. Dos representantes de la
Asociación CRFA.
El comité entrega los resultados
de la entrevista al postulante, debiendo comunicar dichos resultados al comité
de contratación de la UGEL, a fi n de que sean adjudicados conforme a los procedimientos
establecidos en la presente norma.
La entrevista se ejecuta en fecha
previa a la que establece el cronograma para las adjudicaciones en cada fase de
contratación; el postulante aprobado presenta dicho resultado en el acto de adjudicación.
En la fase especial, la entrevista se ejecuta antes de la emisión del acto
resolutivo de aprobación de contrato.
El postulante al momento de la
adjudicación de la fase I debe entregar al comité de contratación, los
documentos que acreditan los requisitos generales y adicionales, según
corresponda; así como los anexos 6-A, 6-B y 7.
En la fase II y en la fase III
los postulantes acreditan los requisitos generales y adicionales, según
corresponda, así como los anexos 6-A y 6-B, los cuales se adjuntan a la
presentación de expediente, y el Anexo 7 en el acto de adjudicación.
La fecha de registro de títulos
puede considerarse, en la fase I, hasta el momento de la adjudicación; en la
fase II y fase III, hasta la fecha de postulación; y en la fase especial, hasta
la presentación de la propuesta a la UGEL.
REMUNERACIÓN
Los docentes contratados de
educación básica y técnico-productiva perciben una remuneración entre de S/
2400 y S/ 3200 de acuerdo al cargo que ocupan y su jornada laboral.
BONIFICACIÓN POR CONDICIONES ESPECIALES DEL SERVICIO
Adicionalmente a su remuneración,
los docentes contratados pueden percibir entre S/ 70 y S/ 500 de bonificación
por condiciones especiales del servicio, como son la ubicación de la
institución educativa en zona rural, frontera y el VRAEM. Por tipo de institución
educativa, como multigrado, unidocente y educación intercultural bilingüe,
perciben entre S/100 y S/200. Los docentes contratados, pueden percibir hasta
cinco asignaciones simultáneas que sumarían un importe de S/ 1150.